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¿Se puede despedir a los trabajadores alcoholizados o drogadictos?
Esto ha llevado que el empleador, además de verse obligado a sufrir trabajadores alcoholizados o drogadictos, tenga la obligación procurar su rehabilitación antes que despedirlos, y solo cuando demuestran que fue imposible la rehabilitación, entonces sí puede despedirlos.
¿Cuál es la nulidad de la renuncia del trabajador drogadicto o alcohólico?
Nulidad de la renuncia del trabajador drogadicto o alcohólico. La situación de drogadicción y alcoholismo de un trabajador es tal que en un momento dado ni el empleador puede despedirlo ni el trabajador puede renunciar, pues el despido puede ser declarado ilegal o ineficaz, y la renuncia nula.
¿Qué es la drogadicción y el alcoholismo?
Drogadicción y alcoholismo como un problema de salud y no de conducta. De acuerdo a lo anteriormente expuesto, la jurisprudencia de las altas cortes ha considerado el alcoholismo como una enfermedad y no como una conducta prohibida y sancionable, lo que cambia radicalmente la forma en que debe ser abordado este problema por el empleador.
¿Cuál es el alcance de la prohibición de consumo de sustancias psicoactivas?
Por lo tanto, la Corte consideró procedente condicionar el alcance de la prohibición prevista en el artículo 60 del CST, para precisar que la prohibición solo será exigible cuando el consumo de sustancias psicoactivas afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador.»
¿Qué es la desintoxicación y por qué es tan difícil para el adicto?
Desintoxicación: es probablemente la más difícil para el adicto, pues se enfrenta al abandono total del consumo de la sustancia. Muchas personas se equivocan y piensan que con dejar de consumir, la persona enferma de adicción no volverá a hacerlo y se encuentra bien.
¿Qué es la conducción con presencia de sustancias estupefacientes?
No obstante, hay que recordar en este punto que la Ley de Tráfico lo que sanciona es la conducción con presencia de sustancias estupefacientes en el organismo y que el TC (Tribunal Constitucional) ya dio la razón a la DGT sobre este mecanismo sancionador.