Tabla de contenido
¿Qué delito es violar?
El abuso sexual se penaliza con pena de prisión de 1 a 3 años o multa de 18 a 24 meses (artículo 181 y siguientes del Código Penal). Se consideran abusos sexuales los actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona sin que medie consentimiento, violencia o intimidación.
¿Qué dice el artículo 511 del Código Penal?
511 “… De no existir persona acreditada como perito en determinadas áreas, se deberá contar con quien tenga conocimiento, especialidad, experticia o título que acredite su capacidad para desarrollar el peritaje.
¿Qué dice el artículo 202 del Código Penal?
Artículo 202 Queda prohibido emplear a menores de dieciocho años en cantinas, tabernas y centros de vicio. La contravención a esta disposición se castigará con prisión de tres días a un año, multa de veinticinco a quinientos pesos y, además, con cierre definitivo del establecimiento en caso de reincidencia.
¿Qué dice el artículo 181 del Código Penal?
Artículo 181. 1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
¿Cuáles son los delitos contra los derechos del buen vivir?
Delitos contras los Derechos del Buen Vivir
- Producción, fabricación, extracción y preparación de las sustancia ilícita (pena 7-10 años).
- Producción, fabricación, extracción y preparación de precursores químicos (pena 3-5 años).
¿Qué dice el artículo 154 del COIP?
El delito de intimidación está tipificado en el artículo 154 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece que la persona que amenace o intimide a otra con causar un daño que constituya delito a ella, a su familia, a personas con las que esté íntimamente vinculada, siempre que, por antecedentes aparezca …
¿Cuándo se considera usurpacion?
Comete delito de usurpación quien, con fines de apoderamiento o aprovechamiento ilícitos, despojare o pretendiere despojar a otro de la posesión o tenencia de un bien inmueble o un derecho real constituido sobre el mismo, o quien, ilícitamente, con cualquier propósito, invada u ocupe un bien inmueble.